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Todo lo que necesitas saber sobre el nuevo índice de referencia de precios del alquiler

A diez meses de haber sido aprobada la Ley de Vivienda, el gobierno ha hecho público el sistema que permitirá a las Comunidades Autónomas declarar zonas tensionadas e intervenir en el mercado en aquellos municipios donde se superen determinados niveles de precios.

Lo que ha elaborado el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana es un rango de precios máximos y mínimos por áreas geográficas. Es decir, una herramienta que establece la renta mínima y máxima a la que debe alquilarse un inmueble en una zona determinada.

El índice ofrece un rango máximo y otro mínimo de precios dependiendo de la zona donde se ubique el inmueble y de sus características (superficie, estado de conservación, año de construcción, certificación energética, garaje, ascensor, zonas comunes, etc…).

¿A qué viviendas afecta?


En el caso de los grandes tenedores (los que tienen más de 10 inmuebles o los que tienen más de 5, si la comunidad autónoma decide rebajar el umbral) es de obligado cumplimiento. También para los contratos de viviendas que salgan al mercado por primera vez en cinco años.

Los grandes tenedores tendrán que referenciar al índice los nuevos contratos firmados a partir del momento en el que sea declarada la zona tensionada. No estarán afectados los alquileres que están en vigor. Si los contratos al corriente hoy tienen un precio inferior al del índice, este prevalecerá en el próximo alquiler que se firme.

En el caso de los pequeños propietarios, tendrán que referenciar el precio al contrato anterior, tan solo estarán sujetos al índice aquellos inmuebles que no hayan estado en el mercado del alquiler en los últimos cinco años. 

¿Será obligatorio en todo el territorio nacional?


Son los gobiernos regionales, quienes tienen las competencias en materia de vivienda, los que deciden si se aplican o no estos límites. Para ello, tendrán que pedir la declaración de zonas tensionadas a Vivienda.

¿Qué es una zona tensionada? 


Es una definición que pueden solicitar exclusivamente las CCAA. En esa petición, los departamentos de Vivienda autonómicos interesados tienen que demostrar que en las zonas a intervenir el esfuerzo para pagar el alquiler supera el 30% de los ingresos de los hogares. También tendrán que presentar un plan para tratar de corregir esa problemática comprometiendo medidas como la construcción de vivienda para el alquiler asequible u otros incentivos fiscales.

¿Cuándo entra en vigor?


Entra en vigor el 13 de marzo. La primera CCAA en aplicarlo será Cataluña, que debe recibir antes la aprobación de Vivienda para poder extender la medida a 140 municipios catalanes.

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