La nota simple es un documento que contiene diferentes aspectos de la situación jurídica de un inmueble. Es expedida por el Registro de la Propiedad e informa sobre las principales características de una propiedad: quién es el propietario y titular de la vivienda, las posibles cargas que pueda tener el inmueble y las afecciones fiscales, entre otras características.
Se trata de un documento legal ligado a un registro ante notario, y emitido por el Registro de la Propiedad. A la hora de adquirir una vivienda, la nota simple nos ayuda a hacernos una idea del estado actual de la vivienda a efectos legales.
Tanto el comprador como el vendedor del inmueble pueden solicitar la nota simple en el Registro de la Propiedad. Si eres el comprador, puedes pedírsela directamente al vendedor, pues este debería tenerla al estar en el proceso de venta. También la puedes pedir directamente al Registro de la Propiedad correspondiente.
Para ello, hay varias opciones. Puedes ir directamente a la sede física o hacerlo a través de la web del Registro de la Propiedad al que corresponda el inmueble, también la puedes solicitar en el Colegio de Registradores, a través de su página web.
Te recordamos que el Registro de la Propiedad es la institución en la que se lleva a cabo la inscripción de los inmuebles que se construyen en España y depende del Ministerio de Justicia.
Para pedirla, deberás tener esta información:
– Datos registrales de la vivienda. Número de registro de la propiedad, el municipio en el que se encuentra la vivienda y su ubicación y dirección concretas.
– Identificador único de finca registral (o IDUFIR).
– Titularidad del inmueble. Nombre del propietario y su DNI.
La información principal que contiene una nota simple es:
Datos de la finca. Localización y referencia catastral, tipo de finca y tipo de inmueble, metros cuadrados, ubicación, anexos -trasteros, plazas de garaje- y elementos colindantes.
Titular o titulares de la vivienda. Este apartado nos indica quién o quiénes son los propietarios.
Cargas y gravámenes. Esta parte es clave, pues nos indica si el inmueble tiene liquidaciones pendientes, embargos, subastas judiciales, impagos en el IBI o en la hipoteca… También puede incluir deudas ya saldadas, pero no eliminadas a nivel de registro.
Fuente: Blog Tecnocasa